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Capacity
—
Current population
—
Occupancy
—
Year opened
—
Operational
Figures from official sources · verified 3 Jul 2026 · methodology
Operator
—
Population held
Mixed/unknown
Opened
—
Region
—
Security level
—
Death-row facility
No
ARTÍCULO 1º.- Ámbito de Aplicación: El procedimiento estable- cido en el presente Protocolo rige para las relaciones laborales en situaciones de discriminación y actos de violencia de género en los cuales intervengan todas las personas empleadas, con- tratadas de manera temporaria o permanente, socios, adheren- tes a convenios, directivos o cualquier tercero que se vincule con la Mutual, ocurridos en las instalaciones o fuera de ellas, en el marco de una tarea laboral, pudiendo ser realizados en forma presencial, a través de medios telefónicos, virtuales o de otro tipo y que vulneren la normativa, el orden, la disciplina, los prin- cipios y valores que deben guiar la conducta de las personas que conforman La Mutual elegados de la CPE. c. Personal jerárquico. d. Plantel laboral. e. Terceros que presten servicios para la CPE en las instalaciones edilicias de ésta o fuera de ella, en forma permanente o tem- poral, ya sea que lo hagan en representación de la CPE o no. Ejemplo 2. Respecto a las situaciones de aplicación son las siguientes: A. Cuando tanto la persona afectada como la denunciada sean integrantes de la Institución. B. Violencia hacia personas ajenas a la Institución por parte de personas integrantes de la institución dentro o fuera de la Institución. C. Violencia hacia personas integrantes de la Institución por parte de personas ajenas a la institución, sea dentro de la Ins- titución o fuera de la misma. 3. SITUACIONES ALCANZADAS Es fundamental definir claramente [...]
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ARTÍCULO 1º.- Ámbito de Aplicación: El procedimiento estable- cido en el presente Protocolo rige para las relaciones laborales en situaciones de discriminación y actos de violencia de género en los cuales intervengan todas las personas empleadas, con- tratadas de manera temporaria o permanente, socios, adheren- tes a convenios, directivos o cualquier tercero que se vincule con la Mutual, ocurridos en las instalaciones o fuera de ellas, en el marco de una tarea laboral, pudiendo ser realizados en forma presencial, a través de medios telefónicos, virtuales o de otro tipo y que vulneren la normativa, el orden, la disciplina, los prin- cipios y valores que deben guiar la conducta de las personas que conforman La Mutual elegados de la CPE. c. Personal jerárquico. d. Plantel laboral. e. Terceros que presten servicios para la CPE en las instalaciones edilicias de ésta o fuera de ella, en forma permanente o tem- poral, ya sea que lo hagan en representación de la CPE o no. Ejemplo 2. Respecto a las situaciones de aplicación son las siguientes: A. Cuando tanto la persona afectada como la denunciada sean integrantes de la Institución. B. Violencia hacia personas ajenas a la Institución por parte de personas integrantes de la institución dentro o fuera de la Institución. C. Violencia hacia personas integrantes de la Institución por parte de personas ajenas a la institución, sea dentro de la Ins- titución o fuera de la misma. 3. SITUACIONES ALCANZADAS Es fundamental definir claramente [...]
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World Prisons. (2026). Servicio Penitenciario No 2. Retrieved July 21, 2026, from https://worldprisons.com/prisons/servicio-penitenciario-no-2
"Servicio Penitenciario No 2." World Prisons. Accessed July 21, 2026. https://worldprisons.com/prisons/servicio-penitenciario-no-2.
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